Cataluña - Normativa de pesca continental 2024
Cataluña Normativa
El departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat de Catalunya, ha publicado la resolución por la que se ordena la pesca en las aguas continentales de Cataluña durante la temporada 2024 que regula, entre otros aspectos,las especies pescables y sus medidas de captura, la clasificación de los tramos y masas de agua continental,los cebos y los periodos hábiles para la pesca en aguas continentales.
A continuación, el texto completo:
A continuación, el texto completo:
Orden de vedas de pesca Castilla-La Mancha 2024
Castilla La Mancha Normativa
La Consejería de Desarrollo Sostenible ha publicado la Orden de Vedas de Pesca de Castilla-La Mancha para 2024.
La orden de vedas recoge las épocas, tallas, cebos, etc., así como las medidas de protección de las especies en relación a la pesca continental.
A continuación, el documento completo con la normativa de pesca 2024 para Castilla-La Mancha:
La orden de vedas recoge las épocas, tallas, cebos, etc., así como las medidas de protección de las especies en relación a la pesca continental.
A continuación, el documento completo con la normativa de pesca 2024 para Castilla-La Mancha:
Castilla y León - Normativa de pesca 2024
Castilla Y León Normativa
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León ha publicado la Orden de Pesca para el año 2024.
La Orden establece medidas de gestión de pesca para el control de especies "exóticas invasoras", de manera que no se contempla talla mínima, cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la salvedad de la carpa (Cyprinus carpio) y del black-bass (Micropterus salmoides) en determinadas masas de agua delimitadas.
Además, la orden establece un cupo de cero truchas en las aguas no trucheras.
A continuación, el texto completo:
La Orden establece medidas de gestión de pesca para el control de especies "exóticas invasoras", de manera que no se contempla talla mínima, cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la salvedad de la carpa (Cyprinus carpio) y del black-bass (Micropterus salmoides) en determinadas masas de agua delimitadas.
Además, la orden establece un cupo de cero truchas en las aguas no trucheras.
A continuación, el texto completo:
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